sábado, 24 de octubre de 2009

La justicia de los ilegales






La justicia de los ilegales


La Ley y la justicia en ocasiones se nos aparecen como si fueran dos cosas semejantes o, cuanto menos, correlativas entre sí: como si la función de la Ley fuera implantar justicia, o como si la justicia se expresara a través de la Ley. Sin embargo, más allá –o más acá- de las luces platónicas de la apariencia, las cosas resultan ser bastante distintas. La Ley no es más que un puro límite, frontera o línea que cruza por en medio de la calle, que franquea los campos y atraviesa nuestros cuerpos de-limitando lo legal de lo ilegal –de aquí la extrema preocupación de los legisladores por instituir leyes claras y precisas que permitan, en su prolija enunciación, erradicar el mayor vestigio posible de malentendidos y contradicciones.


A un mismo tiempo que de-limita, la Ley subjetiva: constituye en su de-limitación sujetos legales e ilegales. Unos y otros –aquellos que quedamos de un lado y del otro del límite que la Ley traza e impone- no somos sino los derrotados de las luchas en que, bajo el filo de la espada del Estado, fuimos vencidos y convencidos del deber de agachar la cabeza ante su letra, que también es espada y Ley y Estado: significante soberano.


Por el lado de la justicia, la situación resulta un tanto más confusa y compleja. Ésta no se presenta de manera tan clara, precisa y prolija. Ella se esconde vergonzosa bajo un manto de sombras que impide su justa designación. El filósofo francés Alain Badiou, en una conferencia dictada en el año 2004 en la ciudad de Rosario, sostenía que tal opacidad se debe a que “no hay testimonio de la justicia, nadie puede decir: `yo soy el justo`”. De este modo, la justicia se nos presenta como un campo abierto de disputas por la institución de su significación, mientras que la Ley, por el contrario, disputa su lugar en lo social como significante soberano e instituyente –pero instituyente (vale decirlo una vez más) de lo legal y lo ilegal, no de lo justo e injusto.


En tanto campo de disputa, la justicia nos exige tomemos posición frente a ella. ¿Qué pensamos de la justicia?, ¿qué es lo justo y qué lo injusto? Ello mismo se preguntaba Badiou en la conferencia arriba citada, y proponía como respuesta una definición políticamente activa de justicia. La justicia –nos decía- es “toda tentativa de luchar contra la esclavitud moderna, lo que significa luchar por otra concepción del hombre”, distinta a aquella que lo constituye en cuerpo que consume y sufre.


A partir de esta serie de sintéticas reflexiones, podríamos sin inconvenientes deducir que, si la Ley no se corresponde necesariamente con la justicia, bien puede suceder que se sancionen leyes injustas. Si desempolvamos rápidamente un poco la historia, podemos encontrar actos de injusticia en la sanción de leyes tales como las de Nüremberg en la Alemania Nazi, o las leyes de Aniquilamiento de la Subversión en la Argentina pre-dictatorial de Isabelita, o la Ley de Residencia elaborada por Miguel Cané bajo el gobierno democrático de Julio A. Roca.


Así también, podemos encontrar injusticias no tan evidentes –aunque no por ello menos significantes- en el veto injusto pero legal de la Ley de Emergencia Habitacional en diciembre de 2008 por el gobierno de Macri. Tal medida constituyó el puntapié inicial de un proceso aún abierto de desalojos compulsivos contra diversos espacios ocupados de la Ciudad de Buenos Aires, devenidos en centros culturales, huertas orgánicas, asambleas barriales, cooperativas de vivienda, fábricas recuperadas. La argumentación a dicho avance estatista fue que la ocupación de los espacios era ilegal y, por ende, sus ocupantes ilegales. Ante tal situación, la respuesta de los ilegales no se hizo esperar y rápidamente se organizaron para resistir a los desalojos.


Uno de los lugares que actualmente se encuentra bajo amenaza de desalojo es la Asamblea de Flores, ubicada en la intersección de la avenida Avellaneda y la calle Gavilán. Allí funciona un centro cultural en el que se dictan diversos talleres para vecinos del barrio, y una cooperativa de vivienda en la que viven treinta y cinco familias y más de cien personas. En un documental elaborado por activistas del espacio, uno de los jóvenes que vive allí sostiene que el lugar no es un espacio tomado u ocupado, sino recuperado.


Los verbos tomar y ocupar refieren a un acontecimiento que se impone desde el presente. El verbo recuperar, por el contrario, nos remite a un pasado que no es directamente asible, pero que resuena en su rememoración a un momento originario que permanece abierto: el momento de la justicia de aquellos que fueron vencidos y, tiempo después, hicieron del instante en que recuperaron el lugar que ahora ocupan (como diría Benjamin) su “chance revolucionaria”.


El espacio –en tanto pura territorialidad- es y fue, ante todo, espacio común de todos y de nadie, luego estatizado, privatizado y de-limitado con la sangre de los vencidos. Es este espacio originario aquel al que los activistas de la Asamblea de Flores hacen referencia cuando mencionan el verbo recuperar. A través de la recuperación como oportunidad revolucionaria, instituida por la Ley y el Estado como ilegal, los ocupantes –o, más bien, recuperantes- recuperaron el espacio del que alguna vez fueron excluidos –que no es otro que el espacio vital de su vivienda, de su trabajo, de su producción y su creación- y lo reconstruyeron como espacio de resistencia.


Casi cien años antes de la conferencia dictada por Badiou, el anarquista mexicano Ricardo Flores Magón sostenía que “el verdadero revolucionario es un ilegal por excelencia. El hombre que ajusta sus actos a la Ley podrá ser, a lo sumo, un buen animal domesticado; pero no un revolucionario. (…) Por eso, los Revolucionarios tenemos que ser forzosamente ilegales. Tenemos que salirnos del camino trillado de los convencionalismos y abrir nuevas vías.” Estas palabras nos inducen a preguntarnos: acaso en este salirse del camino de los convencionalismos, ¿no se encuentra también aquella lucha contra la esclavitud moderna y por otra concepción del hombre propugnada por Badiou, así como también aquella recuperación ilegal del espacio llevada a cabo por los asambleístas de Flores? Si nuestra respuesta es afirmativa, entonces podríamos sostener que la verdadera justicia –la justicia originaria- no es la impartida por la Ley, sino, justamente, aquella que ésta busca aprisionar bajo la estigmatización de la ilegalidad: la justicia de los ilegales.



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Feria del libro independiente y (a) en la Asamblea de Flores, 24/10

Flia de emergencia, contra el desalojo del espacio recuperado por los vecinos de Flores.



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